SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO Y PAGO DEL SUBSIDIO
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Fecha: 31 de enero de 2018
Materia: SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO Y PAGO DEL SUBSIDIO
Tema: LICENCIAS MÉDICAS,SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL
Destinatario: Departamento de Coordinación Nacional de Compin, Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744, Superintendencia de Salud, Empresas con Administración Delegada, Asociación de Isapres, Isapres, C.C.A.F.
Observación: a) Derogada y Reemplazada por Circular N° 3364; b) Entre en vigencia el 1° de febrero de 2018.
SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA “ACCIDENTE GRAVE CON RIESGO DE MUERTE O DE SECUELA FUNCIONAL GRAVE Y PERMANENTE”, ESTABLECIDA EN LA LETRA D) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063
Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744
SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR N° 3346, IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO.
Leyes N°s 16.395 y 21.063 y Decretos N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud y N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el decreto N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio.
D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, N°s. 17.322, 21.010 y 21.063