Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a los Servicios de Bienestar del Sector Público


TÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA SISBI

LIBRO V. SISTEMA DE REPORTE WEB DE INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR (SISBI)

TÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA SISBI

TÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA SISBI

El Sistema de Reporte Web de información de los Servicios de Bienestar fiscalizados por la Superintendencia de Seguridad Social (SISBI) tiene por finalidad la recepción de información requerida por la normativa vigente relacionada con la confección y reporte de los presupuestos y modificaciones presupuestarias, información de préstamos otorgados a los afiliados y descuentos realizados a su remuneración por convenios con casas comerciales u otras instituciones, estados financieros y hechos relevantes.

La dirección (url) del Sistema de Reporte SISBI es sisbi.suseso.cl.

Dicha información también está publicada en la parte inferior derecha del portal web de esta Superintendencia (www.suseso.cl), en la sección "Mapa del Sitio", "Atención de usuarios", "Sistemas de Información", "SISBI".

También se puede acceder a dicho sistema a través del siguiente link.

El acceso a la plataforma se realiza mediante usuario y clave personal e intransferible de acceso al Sistema SISBI.

En el caso que el Servicio de Bienestar necesite solicitar nuevos usuarios o actualizar los existentes en el Sistema SISBI (Ingreso y/o eliminación de usuarios), el Jefe(a) del Servicio de Bienestar debe enviar, al correo electrónico sisbi@suseso.cl, la información del nombre de la Institución a que corresponde, el o los módulos para los cuales tiene permiso el usuario para acceder, el nombre completo de la persona, correo electrónico y teléfono de contacto de cada usuario autorizado para reportar.

Para la eliminación de usuarios, solo se debe informar el nombre del Servicio de Bienestar y el nombre completo del usuario que ya no tendrá permiso para reportar información. Solamente se puede mantener un máximo de cinco usuarios por Servicio de Bienestar.

La única excepción de dicho procedimiento corresponde a los usuarios del módulo de hechos relevantes, el cual está contenido en el número 1 del Título I del Libro III de este Compendio.

El sistema SISBI cuenta con la función de recuperación de clave de acceso para usuarios que hayan olvidado su contraseña, la cual aparece en la pantalla de ingreso al sistema.