Compendio de Normas que regulan a los Servicios de Bienestar del Sector Público
2. PROCESO DE VOTACIONES PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS AFILIADOS
LIBRO II. DE LA ADMINISTRACIÓN
TÍTULO I. DE LA ADMINISTRACIÓN
2. PROCESO DE VOTACIONES PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS AFILIADOS
2. PROCESO DE VOTACIONES PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS AFILIADOS
Los representantes titulares y suplentes de los afiliados en el Consejo Administrativo serán elegidos por los afiliados en votación directa, secreta e informada, en conformidad a las normas establecidas en un reglamento interno, sin distinción de estamentos.
Cada afiliado votará por una sola persona y se elegirán como representantes los afiliados que obtengan las más altas mayorías. En caso de empate, será elegido el que tenga mayor antigüedad como afiliado al Servicio de Bienestar y en caso de persistir el empate, se considerará la antigüedad en la Institución. Se entenderán elegidos suplentes los afiliados que tengan las siguientes mayorías. Los suplentes reemplazarán a los titulares de acuerdo al orden que resulte de las votaciones obtenidas por ellos.
Conforme a la capacidad tecnológica de la institución de la cual depende cada Servicio de Bienestar, las votaciones para elegir los miembros del Consejo Administrativo se pueden realizar en forma digital, tomando las medidas de seguridad que sean necesarias para que el sufragio sea secreto y que cada afiliado pueda votar solo una vez. Para tener la certeza de la identidad del afiliado debe adoptarse un mecanismo al efecto, el que puede consistir en la entrega de una clave o número de seguridad que se remitirá a su celular, a efectos de ser ingresado para enviar su voto a una dirección de correo electrónico. También puede utilizarse la clave única del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Algunos aspectos básicos a considerar son:
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Seguridad al momento de votar respecto a la autenticación de los votantes.
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Incorporación de un mecanismo que prevenga las votaciones de personal no habilitado.
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Incorporación de un mecanismo de verificación que prevenga dobles votaciones.
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Almacenamiento de los votos con mecanismos de seguridad (acceso controlado, encriptación).
Finalmente, debe considerarse el nombramiento de uno o más ministros de fe que cautelen la normal ejecución del proceso eleccionario, como contraparte técnica del proveedor del sistema digital. Dichos ministros deben tener la capacidad técnica y tecnológica suficiente. También debe contemplarse la posibilidad de reclamos.