DS 28 de 2009 Mintrab, artículo 7
Texto
Artículo 7º.- El trabajador o el empleador, según corresponda, deberá acreditar su identidad al momento de presentar la solicitud, así como entregar la información pertinente que el SENCE o la institución con la cual éste celebre convenio, le requiera, según lo determine una norma de carácter general de la Superintendencia.
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Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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18/04/2019 | Dictamen 3284-2019 | Servicios de Bienestar | AfiliaciónPensionadosServicios de Bienestar | DS 28 de 2009 Mintrab, artículo 7Ley 16.395, artículo 24 |