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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.469, artículo 1

Texto

    Artículo 1°.- El ejercicio del derecho constitucional
a la protección de la salud comprende el libre e
igualitario acceso a las acciones de promoción, protección
y recuperación de la salud y a aquéllas que estén
destinadas a la rehabilitación del individuo, así como la
libertad de elegir el sistema de salud estatal o privado al
cual cada persona desee acogerse.