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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3830

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Fecha: 16 de septiembre de 2024

Materia: LICENCIA MÉDICA ELECTRÓNICA. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN IMPLEMENTAR LOS OPERADORES, RELACIONADAS CON EL OTORGAMIENTO Y TRAMITACIÓN DE LICENCIA MÉDICA ELECTRÓNICA.

Tema: LICENCIAS MEDICAS

Destinatario: TODAS LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL (ISAPRE); FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA);MEDIPASS; I-MED; SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA; SUPERINTENDENCIA DE SALUD; COMPIN Nacional

Observación: Vigencia: 1 de enero de 2025. Contiene disposiciones transitorias

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; DFL N°1, de 2005, del Ministerio de Salud,; Ley Nº 16.395

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

Concordancia con Circulares: 3779; 2338; 3621

TítuloDetalle
Artículo 27Ley 16.395, artículo 27