Amplía instrucciones para la aplicación de la ley n°17.365, en lo relativo al alcance del nuevo concepto de remuneración imponible que alli se establece.
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Fecha: 17 de junio de 1971
Materia: AMPLÍA INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N°17.365, EN LO RELATIVO AL ALCANCE DEL NUEVO CONCEPTO DE REMUNERACIÓN IMPONIBLE QUE ALLI SE ESTABLECE.
IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DIVERSAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY N° 17.654, SOBRE REAJUSTE, DE REMUNERACIONES PARA EL PRESENTE AÑO.
Ley N° 15076; Ley N° 15386; Ley N° 16617; Ley N° 16840; Ley N° 17272; Ley N° 17416; Ley N° 17597; Ley N° 17654; D.F.L. N° 40, de 1959, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 338, de 1960, del Ministerio de Hacienda (derogado por la Ley N° 18834); D.F.L. N° 1340 bis, de 1930, del Ministerio de Bienestar Social.
CONTENIDO, ALCANCE Y APLICACIÓN PRÁCTICA DE DIVERSAS DIPOSICIONES DE LA LEY N° 17.365, DE 6 DE OCTUBRE DE 1970 SOBRE IMPOSICION ÚNICA EN LA CAJA DE PREVISIÓN DE EMPLEADOS PARTICULARES.
Ley N° 7295; Ley N° 10475; Ley N° 17365; Ley N° 17388; D.S. N° 857, de 1925, del Ministerio de Hijiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo; Decreto N° 37, de 1958, del Ministerio del Trabajo.
IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS LEGALES SOBRE IMPOSICIÓN ÚNICA EN AL CAJA DE PREVISIÓN DE EMPLEADOS PARTICULARES Y SUS ORGANISMOS AUXILIARES.