Dictamen 543-2023
1.- Mediante la presentación de antecedentes, esa Contraloría General de la República ha remitido a esta Superintendencia, para su respectivo informe y opinión, la presentación que efectuara ante ese Órgano Contralor el interesado
En la señalada presentación, el recurrente denuncia que una concejala de la Municipalidad que indica, presentaría certificados médicos emitidos por quien, según indica, sería pareja de su hermano.
Al respecto, el recurrente señala que los certificados presentados por la concejala a la Municipalidad, con fechas (01/09/2022), (27/10/2021) y (22/06/2022) fueron firmados y timbrados por la pareja de su hermano, quien posee título de Kinesióloga otorgado por la Universidad individualizada y emitido el 28/12/2017, dicha información consta en el Registro de la Superintendencia de Salud.
En virtud de lo planteado, el recurrente señala que la Ley N° 20.585 establece la aplicación de medidas de control, fiscalización y sanciones para profesionales médicos y contralores de ISAPRE, ante conductas fraudulentas, ilegales o abusivas en la emisión y evaluación de las licencias médicas, por lo que solicita que se aplique el artículo 5° de la misma ley para que se abra una investigación por posible ausencia de fundamento médico, además, sugiero a la Superintendencia de Seguridad Social oficiar al Ministerio Público.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia puede informar que la Ley N° 20.585, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas, tiene su campo de aplicación respecto de aquellos profesionales que se encuentran facultados para emitir licencias médicas, es decir, médicos cirujanos, cirujano dentistas y matronas.
En el caso planteado, no ha existido la emisión de una licencia médica sino de un certificado médico, por lo que no procede iniciar una investigación al amparo de la ley señalada.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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21/07/2020 | Circular 3523 | Licencias médicas - Mal uso y otorgamiento de licencias (Ley N° 20.585) | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.585 SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS. DEJA SIN EFECTO CIRCULAR N° 2827 DE FECHA 14 DE MAYO DEL AÑO 2012 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Ley Nº 16.395; Ley Nº 20.858 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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03/10/2022 | Dictamen 3966-2022 | Licencias médicas | Licencias Médicas | Leyes Nos 16.395 y 20.585. |
Título | Detalle |
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Ley 20.585 | Ley 20.585 |
Artículo 27 | Ley 16.395, artículo 27 |