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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1062-2022

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Fecha: 22 de marzo de 2022

Destinatario: DIRECTOR INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL; GERENTES GENERALES MUTUALIDADES DE EMPLEADORES

Observación: Ley N° 16.744. Las medidas indicadas en el número 1 del citado Oficio N°1.204, tendrán vigencia hasta las remuneraciones devengadas en el mes de marzo 2022.

Acción: Complementa

Descriptores: LEY Nº 16.744; Cotización

Fuentes: Leyes N°s 16.395, 16.744, 21.063 y 17.322.

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Oficios: 1204-2020

1. Un Organismo Administrador se ha dirigido a esta entidad, consultando la fecha en que se determinará el cese de las instrucciones contenidas en el número 1 del Oficio N°1.204, de 24 de marzo de 2020.

2. Sobre el particular, la Organización Mundial de la Salud (OMS) con fecha 11 de marzo de 2020 en consideración a los brotes alarmantes de propagación y gravedad del COVID 19, calificó la situación sanitaria como pandemia, constituyéndose en una emergencia de salud pública a nivel mundial, abarcando a un gran número de personas con las consecuentes restricciones de movilidad y desplazamiento destinadas a evitar el contacto físico.

En este contexto, y en razón de la afectación de los empleadores a causa de las circunstancias constitutivas de fuerza mayor que pueden derivar de la emergencia sanitaria, esta Superintendencia emitió el oficio previamente señalado.

3. Por medio del presente, se informa que las medidas indicadas en el número 1 del citado Oficio N°1.204, tendrán vigencia hasta las remuneraciones devengadas en el mes de marzo 2022.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
21/12/2020Dictamen 4009-2020VariosCCAF - CotizacionesLey 16.395, artículo 23; Ley 17.322, artículo 22, artículo 22 a); Código Civil, artículo 45; Ley 18.833
23/06/2020Dictamen 2055-2020Cajas de CompensaciónCCAF - CotizacionesLeyes N°s. 16.395, 17.322 y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud, D.S. N°104, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S. N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio.
24/03/2020Dictamen 1204-2020Ley Sanna - Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744 - CotizaciónLeyes N°s 16.395, 16.744, 21.063 y 17.322.
TítuloDetalle
Ley 17.322Ley 17.322
Artículo 30Ley 16.395, artículo 30
Ley 16.744Ley 16.744