Dictamen 36779-2012
1.- Ud. ha recurrido a esta Superintendencia, exponiendo que, a partir del 10 de febrero de 2012, se desafilió de la ISAPRE.
Agrega que se encuentra embarazada y desea afiliarse a FONASA. Señala que la ISAPRE le cubrirá beneficios hasta el 31 de marzo de 2012.
Frente a lo anterior, consulta a qué entidad le corresponderá tramitar y pagar sus licencias médicas pre y postnatal, considerando que su descanso prenatal comenzó el 9 de marzo de 2012.
2.- Sobre el particular, cumplo con señalar a Ud. que, de acuerdo con lo establecido en el inciso sexto del artículo 197 del D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, "cuando el cotizante desahucie el contrato y transcurrido el plazo de antelación que corresponde, la terminación surtirá plenos efectos a contar del primer día del mes subsiguiente a la fecha de expiración de dicho plazo".
A su vez, el inciso octavo del mismo artículo dispone que "En el evento que al día del término del contrato por desahucio el cotizante esté en situación de incapacidad laboral, el contrato se extenderá de pleno derecho hasta el último día del mes en que finalice la incapacidad y mientras no se declare la invalidez del cotizante.".
De este modo, en razón de lo establecido en la norma antes citada y al haberse iniciado su descanso prenatal durante la vigencia del contrato con la ISAPRE, corresponde que sea dicha Entidad la que tramite y pague el subsidio por incapacidad laboral derivado de sus licencias médicas pre y postnatal
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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28/10/2020 | Dictamen 3387-2020 | Licencias médicas | Cotizante Isapre - Licencia Médica - Organismo competente | Artículo 27, Ley 16.395; Artículo 197, Artículo 201, DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud; Artículo 3, Ley 21.247 |
22/01/2019 | Dictamen 1583-2019 (Resolución Exenta IBS) | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Trabajadoras dependientes - Maternal - Postnatal - Prenatal - Prórroga | Ley Nº16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud |
18/03/2016 | Dictamen 16844-2016 | Licencias médicas | Reclamación organismos competentes cotizante fonasa cotizante isapre cambio en la afiliación | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud |
08/03/2016 | Dictamen 14398-2016 | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Plazo de prescripción para el cobro caso fortuito reclamación organismos competentes cotizante fonasa cotizante isapre cambio en la afiliación | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud. Código Civil. |
Título | Detalle |
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Artículo 27 | Ley 16.395, artículo 27 |
Temas
Licencias médicasTipo de dictamen
OficioDescriptores
Prenatal, prórroga y postnatal.Trabajadoras dependientesSubsidio por incapacidad laboral Subsidio por incapacidad laboralMaternal