Circular 2878
Sistema único de prestaciones familiares. imparte instrucciones a los organismos administradores del seguro de la ley n° 16.744 respecto de la información a remitir al instituto de previsión social, para determinar el ingreso mensual conforme al cual se pagan las asignaciones familiares y maternales de los trabajadores independientes del artículo 89 e inciso tercero del artículo 90 del d.l. n° 3.500, de 1980
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Título | Detalle |
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Artículo 90 | DL 3500, artículo 90 |
Ley 16.744 | Ley 16.744 |