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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 2878

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Fecha: 19 de octubre de 2012

Materia: SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744 RESPECTO DE LA INFORMACIÓN A REMITIR AL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, PARA DETERMINAR EL INGRESO MENSUAL CONFORME AL CUAL SE PAGAN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNALES DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES DEL ARTÍCULO 89 E INCISO TERCERO DEL ARTÍCULO 90 DEL D.L. N° 3.500, DE 1980

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: Instituto de Seguridad Laboral; Mutualidad de la Ley N° 16.744; Instituto de Prevision Social.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, artículo N° 89 y N° 90, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 26, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 16744; Ley N° 20255

TítuloDetalle
Artículo 90DL 3500, artículo 90
Ley 16.744Ley 16.744