Dictamen 1570-1990
Del análisis de los estados financieros del Servicio de Bienestar de una Radio y visitas inspectivas realizadas, esta Superintendencia ha detectado que dicho Bienestar no había recibido al 31 de diciembre de 1989, los aportes de cargo de la entidad, correspondientes a gran parte del año 1987 y la totalidad de los años 1988 y 1989.
Por otra parte, la citada Radio ha diferido aportes de los afiliados al Servicio de Bienestar, no obstante haber efectuado mensualmente los descuentos de sus remuneraciones.
Al respecto, esta Superintendencia ha estimado necesario solicitar un pronunciamiento de ese Organismo Contralor sobre la situación descrita, puesto que si bien ella afecta al Servicio de Bienestar de Radio Nacional de Chile, en definitiva se traduce en actuaciones de dicha Radio, entidad que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º del D.L. Nº 258, de 1974 y 1º del D.S. Nº 44, de 1985, del Ministerio de Defensa, es una persona jurídica de derecho público y con carácter de empresa autónoma y comercial del Estado, por lo que su fiscalización corresponde a esa Contraloría
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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22/02/1991 | Dictamen 1570-1991 | Servicios de Bienestar | D.S. N° 722, de 1955, del Ministerio de Salud Publica y Previsión Social |