Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO DEL AMBIENTE
Fuentes: Ley Nº 16.744; D.S. Nº 101, de 1968. del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
La Empresa ha solicitado al Instituto de Normalización Previsional, en su calidad de continuador legal del ex-Servicio de Seguro Social y de la ex-Caja de Previsión de Empleados Particulares y conforme a lo dispuesto por el artículo 28 del D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que se la autorice para actuar como administrador delegado del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, establecido por la Ley Nº 16.744.
Al respecto, ha hecho presente que esa Empresa se ha creado como consecuencia de la modificación de la estructura organizacional de la ex-Empresa X, a quién esta Superintendencia la autorizó para actuar como administrador delegado del mencionado seguro de la Ley Nº 16.744 mediante Resolución Exenta Nº 151, de 19 de abril de 1983.
Agrega que conserva en su integridad el Servicio Médico el Departamento de Prevención de Riesgos, el funcionamiento de los Comités Paritarios y los otros requisitos con que contaba aquella Compañía para desempeñarse como administrador delegado.
Sobre el particular, cabe señalar que el referido Instituto Previsional ha elevado los respectivos antecedentes a este Organismo, de acuerdo con lo establecido en el citado precepto, para resolver en definitiva sobre la mencionada solicitud.
No obstante, en conformidad con lo prescrito en el artículo 75 de la Ley Nº 16.744 es menester que, previo al referido pronunciamiento, ese Servicio de Salud emita un informe sobre la materia, motivo por el cual se le envían los aludidos antecedentes, los que deberá remitir a este Organismo conjuntamente con dicho informe.
D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 3, de 1981, del Ministerio de Salud; Ley N° 18418; D.F.L. N° 150, de 1981; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social