Dictamen 5615-1987
Los Servicios de Bienestar del sector público regidos por el D.S. N° 722, de 1955, del ex-Ministerio de Salud Pública y Previsión Social no tienen personalidad jurídica y son una dependencia más del organismo en el cual funcionan, razón por la cual si éste se extingue el Servicio de Bienestar corre la misma suerte y, por lo mismo, los fondos que queden en sus cuentas corrientes al término de sus actividades son parte del patrimonio de la entidad a la cual acceden, motivo por el cual no es posible disponer de ellos en el decreto supremo que derogue su respectivo Reglamento.
En consecuencia, en la especie sólo procede la derogación del Reglamento del Servicio de Bienestar del personal de IREN-CORFO, para cuyo efecto con esta fecha se ha elevado al Sr. Ministerio del Trabajo y Previsión Social un proyecto de decreto supremo en tal sentido
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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02/02/2006 | Dictamen 5615-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744; Código Civil | |
20/07/1990 | Dictamen 5615-1990 | Servicios de Bienestar | D.S. Nº 75, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
08/07/1986 | Dictamen 5615-1986 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |