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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 252-1986

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Fecha: 14 de enero de 1986

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: SERVICIO DE SALUD VIÑA DEL MAR, QUILLOTA

Fuentes: Ley Nº 11.764; Ley Nº 18.010; D.S. Nº 722, de 1955, del ex-Ministerio de Salud Pública y Previsión Social; D.S. Nº 75, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 3809, de 1985, de la Superintendencia de Seguridad Social


Esta Superintendencia cumple con manifestar que mientras no se modifique el actual Reglamento por el cual se rigen los Servicios de Bienestar de los Organismos que integran el Sistema Nacional de Servicios de Salud, contenido en el D.S. Nº 75, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, deberá aplicarse lo dispuesto en el inciso segundo de su artículo 31, de acuerdo al cual los préstamos devengan un 6% de interés anual y deben reajustarse conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 18.010

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
24/01/1983Dictamen 252-1983Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Ley Nº 18.196; D.F.L. Nº 36, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3.500, de 1980; D.L. N° 3.501, de 1980
26/01/1978Dictamen 252-1978Asignación familiar D.L. N° 307, de 1974; D. N° 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
TítuloDetalle
Artículo 3Ley 18.010, artículo 3