Dictamen 3994-1984
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Los imponentes voluntarios de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, no son beneficiarios de prestaciones familiares por no existir disposición legal ni reglamentaria que lo establezca.
Por otra parte se confirma que lo informado por la Caja en orden a establecer que no tiene la calidad de Empleado Particular socio de Sociedad Comercial que no tiene vínculo de subordinación o dependencia con su empleador, la Sociedad
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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24/12/1979 | Dictamen 3994-1979 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |