Dictamen 4599-1983
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La Superintendencia de Seguridad Social estima que el Servicio de Bienestar del Servicio de Salud de Iquique no puede otorgar ayudas a sus afiliados con el objeto de trasladarse a Santiago para trámites, por no encontrarse contemplado en el D.S. Nº 75, de 1980, reglamentario de dicho Bienestar.
Se aprueba presupuesto sin autorizar recursos para el fin indicado
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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25/01/2016 | Dictamen 4599-2016 | Cajas de Compensación - Servicios de Bienestar | Afiliación entidad empleadora sector público | Leyes N°s. 18.833 y 20.233. |