Dictamen 4025-1980
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Acoge apelación en contra de resolución del ex-SERMENA que rechazó solicitud de declaración de invalidez de imponente de la Caja Empart, haciendo presente que, examinado el afectado por el Departamento Médico de esta Superintendencia, se ha coincidido con el diagnostico del especialista del SERMENA pero, mientras éste cree de debería someterse a tratamiento antes de pedir la declaración de invalidez. La Superintendencia estima que su afección le ha producido una incapacidad superior a los dos tercios, por lo que procede declararlo invalido para los efectos de lo dispuesto en el art. 10 de la Ley 10475
Título | Detalle |
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Artículo 10 | ley 10.475, artículo 10 |