Señala edad límite para obtener pensión de invalidez a las aseguradas mujeres, en conformidad con el art. 37 de Ley nº 10.383 en relación con el DL. 2448, de 1979. Debe considerarse tres situaciones al 09-02-1979: a) si por vejez; b) si tenían entre 54 y 51 años requieren las edades mayores que se señalan en las líneas segunda a cuarta de la tabla del mismo art.; y c) quienes tenían entre 50 años de edad o menos requieren la edad máxima de 60 años señalada en la última línea de la tabla, en concordancias con el art. 7 del mismo DL. El número de semanas de imposiciones aumentó de 500 a 520 semanas; en todo caso las mujeres que solicitaron pensión por tener 500 semanas. En consecuencia, la edad límite será la que señala la tabla del art. 10 del DL. 2448, de 1979