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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1705-1980

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Fecha: 23 de mayo de 1980

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: SERVICIO MEDICO NACIONAL DE EMPLEADOS

Fuentes: Ley N° 10.475; Ley N° 1.6781


Acoge reclamación de imponente de la Caja Empart en contra del SERMENA por rechazar su petición de declaración de invalidez. El SERMENA estima que su afección, depresión monopolar, sería susceptible de mejorar si se la tratara con litio. El Departamento Médico de la Superintendencia, analizando la ficha clínica de afección psiquiátrica, cuya evolución se prolonga por más de cinco años, que la inhabilita total y definitivamente para el desempeño de sus labores en la Compañía de Teléfonos y que el tratamiento con litio no es aconsejable por los efectos secundarios a los que se expondría a la enferma. Declara que el SERMENA debe declarar su invalidez, la que le dará derecho a jubilar de acuerdo con el art. 10 de Ley 10475

TítuloDetalle
Artículo 10ley 10.475, artículo 10