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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3227-1979

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Fecha: 26 de octubre de 1979

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.L. Nº 30, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión


De acuerdo con lo dispuesto en los arts 4 del DL 307, de 1974 y 8 del Decreto 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los pensionados no tienen derecho a asignación maternal por sus cónyuges embarazadas causantes de asignación familiar, pues sólo asiste tal derecho a los trabajadores dependientes, los independientes y los subsidiados.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
26/01/2005Dictamen 3227-2005Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 3.500, de 1980
31/03/1995Dictamen 3227-1995Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 10.475; Ley Nº 16.744; Ley Nº 15.386; Ley Nº 17.252; D.L. Nº 1.026, de 1975