Dictamen 2037-1978
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Suspende resolución de esa Superintendencia que delega la administración del Servicio de Bienestar del personal en el Secretario General de la institución porque no se solicitó la autorización previa para delegar las atribuciones, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art 5 del D.L. N° 49, de 1973 y porque solamente se pueden delegar algunas atribuciones y no la administración total del Servicio de Bienestar
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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13/02/1996 | Dictamen 2037-1996 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud |