Dictamen 1851-1978
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En el caso de una imponente de la Caja Empart que percibía asignación familiar por sus cuatro hijos, desde 1974 y, posteriormente, su cónyuge, imponente del SSS pidió y obtuvo el reconocimiento por las mismas cargas, en 1976, debe ponerse término a estas ultimas asignaciones familiares y exigir al cónyuge el reintegro de las sumas percibidas indebidamente.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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12/01/2010 | Dictamen 1851-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16395 |