Dictamen 283-1978
Observa modificación del Reglamento de Bienestar del personal de ASMAR que, con el propósito de mejorar el financiamiento de ese Servicio de Bienestar eleva la base de cálculo de las cotizaciones de los afiliados de sueldo vital mensual a ingreso mensual mínimo mensual, en circunstancias que ese objetivo se cumpliría mejor señalando que la base de cálculo la constituyen las remuneraciones imponibles del personal, con lo que se lograría, también, uniformidad con los demás reglamentos de Bienestar creados en virtud del art 134 de Ley N° 11.764. La modificación de la tasa de interés de los préstamos del 6% al 12% no merece observaciones, tanto más que conforme con la Ley de la Renta y con las instrucciones del Servicio de Impuestos Internos, dicha tasa no es tributable
Título | Detalle |
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Artículo 134 | Ley 11.764, artículo 134 |