Dictamen 275-1978
.
Los representantes de los trabajadores ante los Directorios de las Municipalidades de Empleadores de la ley 16744 no cumplen con los requisitos exigidos por el art 17 de la ley 17378 y, por tanto, no gozan del fuero establecido por esa norma legal. En efecto, esta norma otorga fuero a las personas designadas consejeros o directores de los organismos de previsión en representación de sus imponentes activos y los trabajadores representados ante las Mutualidades de Empleadores no tienen la calidad de imponentes de esas Mutualidades, ya que los únicos cotizantes son los empleadores.
Podría dictarse una norma, similar al art 18 del Decreto 640, de 1963, que salvara esta omisión.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
---|---|---|---|---|
04/01/2002 | Dictamen 275-2002 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 15.386; Ley N° 16.744 | |
10/01/1989 | Dictamen 275-1989 | Cajas de Compensación | ||
25/01/1983 | Dictamen 275-1983 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150; D.S. Nº 155, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
Título | Detalle |
---|---|
Ley 16.744 | Ley 16.744 |