Encabezado
SOBRE SUBSIDIOS DE CESANTIA OTORGADOS POR LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, ocho de Mayo de mil novecientos setenta y dos.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- José Oyarce Jara.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Laureano León Morales, Subsecretario de Previsión Social.