Encabezado
NORMAS PARA JUBILACION Y MONTEPIO DE LOS OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, treinta y uno de Diciembre de 1969.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Eugenio Celedón S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Sergio Saldivia G., Subsecretario de Transportes.