Ley 15.177
Articulos citados
Encabezado
CREA LA CONFEDERACION MUTUALISTA DE CHILE Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, seis de marzo de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez.