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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.233, artículo 16

Texto

     Artículo 16.- Durante el año 2008 el aporte máximo a que se refiere el artículo 23 del decreto ley Nº 249, de 1974, tendrá un monto de $72.871.
     El aporte extraordinario a que se refiere el artículo 13 de la ley Nº 19.553, se calculará sobre dicho monto.