Encabezado
ESTABLECE NORMAS SOBRE CONTRATOS DE MUTUO HIPOTECARIO ENDOSABLE Y OTRAS MATERIAS RELATIVAS A FINANCIAMIENTO HABITACIONAL
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
P r o y e c t o d e L e y:
Promulgación
Y por cuanto el H. Congreso Nacional ha aprobado la observación formulada por el Ejecutivo, por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, 18 de enero de 1996.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Edmundo Hermosilla Hermosilla, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Sergio Galilea Ocon, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.