Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 60323-2007

.

Fecha: 14 de septiembre de 2007

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PRESIDENTE SUBCOMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ VALPARAÍSO

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. N° 980, de 14 de abril de 2007, Subcomisión de Medicina preventiva e invalidez


1.- Ha recurrido a esta Superintendencia doña, reclamando en contra de la resolución de esa Subcomisión que rechazó su licencia médica N°2-19445037, extendida por diagnóstico de "embarazo 18 semanas. Síntomas de aborto" por 21 días de reposo a contar del 05 de enero de 2007, por incumplimiento de reposo.

Señala que el día de la visita -24 de enero de 2007 - se encontraba en la consulta del médico, por su rinitis alérgica y por dolor lumbar que persistía puesto que todos los días de reposo los realizó en cama, en su domicilio ubicado en la parte más alta de Rodelillo, el calor que reinaba en esa temporada resecó todos los pastizales de las cercanías, lo que sumado al viento reinante que caracteriza el sector, agudizó su cuadro alérgico.

|Adjunta fotocopia de licencia médica rechazada, Oficio Ord. N°980 de 14 de abril de 2007, de esa Subcomisión que por apelación mantuvo el rechazo, Certificado de Asistencia a la Corporación Municipal de Valparaíso, Centro de Salud Placeres, por rinitis crónica de 24 de enero de 2007, certificado de su médico tratante, Dr., quien certifica que encontrándose en reposo por síntomas de aborto debió acudir al Consultorio por una crisis alérgica por su rinitis crónica.

2.- Requerida al efecto esa Subcomisión adjuntó antecedentes del caso, fotocopia de licencia médica reclamada, maestro histórico y cartola de licencias médicas, informes médicos y acta de visita domiciliaria de 24 de enero de 2007, que indica que el día 24 de enero de 2007 a las 14.45 hrs. se efectuó la visita domiciliaria en el domicilio individualizado en la licencia médica, se golpeó reiteradamente se dejó carta en la puerta del Departamento.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que conforme a lo dispuesto por la letra a) del artículo 55 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, corresponderá el rechazo o la invalidación de una licencia médica ya concedida, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica; sin embargo, no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser acreditada.

En la especie, el día de la visita -24 de enero de 2007- la Sra., se ausentó de su domicilio, al asistir al Consultorio Placeres de la Corporación Municipal de Valparaíso, lo que acredita con el certificado correspondiente extendido por dicha Corporación, por el médico Néstor Ramírez y otro certificado de su médico tratante Dr.,

4.- En consecuencia, esta Superintendencia acoge la reclamación de la peticionaria respecto de la licencia médica N° 2-19445037, por 21 días de reposo a contar del 05 de enero de 2007, por cuanto su ausencia se encuentra justificada por el hecho de haber asistido a consulta con su médico. De lo obrado deberá comunicarse a la interesada y a la entidad pertinente para que proceda al pago del correspondiente subsidio por incapacidad laboral

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
09/09/2014Dictamen 60323-2014Licencias médicasPresentación fuera de plazoD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.