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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3587-1983

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Fecha: 04 de octubre de 1983

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD AREA HOSPITALARIA CENTRAL

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 202, de 1981, del Ministerio de Salud

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 1418, de 26 mayo de 1983, de la Superintendencia de Seguridad Social


No es procedente autorizar y darle curso por todo el período por el cual fue otorgada, a la licencia médica que, en parte, constituye una Licencia de reemplazo, la que no ha sido aceptada por nuestra jurisprudencia.
Lo anterior, debe aplicarse no obstante tratarse de una Licencia extendida válidamente por el profesional médico y presentada al Servicio de Salud respectivo, dentro de los términos exigidos al afecto por el reglamento

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
11/11/1980Dictamen 3587-1980Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Ley Nº 10.475; Ley Nº 15386