Dictamen 251-1978
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De acuerdo con el art 58 de ley 16744, corresponde al SNS, en forma exclusiva, la declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las incapacidades permanentes a que se refiere esa ley.
Por ello, envía al SNS los antecedentes relacionados con un reclamo de un trabajador a quien se concedió una indemnización, en 1974, por silicosis con un 25% de incapacidad que expresa que tal incapacidad habría aumentado
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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03/01/2012 | Dictamen 251-2012 | Licencias médicas | Dependiente - Plazos de presentación - Sector privado - Trabajadores - Tramitación | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
Título | Detalle |
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Artículo 58 | Ley 16.744, artículo 58 |