Cotizaciones de los pensionados. imparte instrucciones al instituto de normalizacion previsional, cajas de prevision no afectas al d.l.n° 1.263, de 1975 y mutualidades de empleadores de la ley n° 16.744, para la aplicacion de la ley n° 18.754.
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Fecha: 14 de noviembre de 1988
Materia: COTIZACIONES DE LOS PENSIONADOS. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL, CAJAS DE PREVISION NO AFECTAS AL D.L.N° 1.263, DE 1975 Y MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744, PARA LA APLICACION DE LA LEY N° 18.754.
Tema: VARIOS
Destinatario: Instituciones de Normalización Previsional; Cajas de Previsión no afectas al D.L. N° 1263, de 1975; Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
Observación: .
Acción: Instruye
Vigencia: No Alterado
Fuentes: D.L. N° 1263, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 1340 bis, del Ministerio de Bienestar Social; D.F.L. N° 2252, de 1957, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18754
IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES QUE DEBE APLICARSE A CONTAR DEL 1° DE NOVIEMBRE DE 1989, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 9° DE LA LEY N° 18.766.
Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 18694; Ley N° 18754; Ley N° 18766; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2448, de 1979, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2547, de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional; D.S. N° 949, de 1989, del Ministerio de Hacienda.