Dictamen O-01-DC-00859-2024
En el ejercicio de las facultades conferidas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia ha estimado necesario notificar a las entidades pagadoras de subsidios por incapacidad laboral de origen común y maternal que a partir del mes de enero de 2024, el Instituto Nacional de Estadística, (INE), ha procedido a recalcular los IPC, tomando como base anual 2023 = 100.
Que, la variación del IPC se utiliza para realizar el cálculo de los subsidios maternales del inciso segundo del artículo 8° del DFL 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y además para reajustar los subsidios que se estén devengando en cada oportunidad en que éstos cumplan doce meses de duración ininterrumpida, por aplicación del artículo 18° del citado DFL 44, de 1978.
La serie empalmada de IPC desde diciembre 2009, hasta la fecha, se adjunta a este documento y también puede ser consultada en www.ine.cl.
Esta Superintendencia ha estimado necesario remitir la serie empalmada de IPC desde diciembre de 2009, hasta la fecha, ya que al considerar la variación de un IPC del año 2024, respecto del un IPC de años anteriores, ambos deben tener la misma base.
Teniendo presente la importancia de la aplicación de lo anteriormente expuesto, por esta Circular, se solicita dar amplia difusión de su contenido, especialmente, entre las personas que deberán aplicarla.
Serie empalmada de IPC desde diciembre 2009, hasta la fecha.
Título | Detalle |
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DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo | DFL 44 de 1978 Mintrab |
Artículo 27 | Ley 16.395, artículo 27 |