IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N°16.744 Y A LAS EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA, RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO N°2 DE LA LEY N° 21.342
Artículos 2°, 3°, 30 y 38 de la Ley N°16.395: Artículos 12 y 74 de la Ley N° 16.744; Artículos 2, 7, 8 Ley N° 21.342,