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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3661

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Fecha: 04 de abril de 2022

Materia: INFORMES QUE DEBEN REMITIR LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y LAS EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA, A LA COMISIÓN MÉDICA DE RECLAMOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, PARA RESOLVER LOS RECLAMOS QUE LE SEAN FORMULADOS CONFORME AL ARTÍCULO 77 DE LA LEY N°16.744. MODIFICA EL TÍTULO V. DECLARACIÓN, EVALUACIÓN Y/O REEVALUACIÓN DE LAS INCAPACIDADES PERMANENTES DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Tema: LEY N° 16.744

Destinatario: - Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744 - Empresas con administración delegada Copia informativa: - Comisión Médica de Reclamos de la Ley N°16.744

Observación: Vigencia a contar del 1° de junio de 2022.

Acción: Reconsidera parcialmente

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículos 2°, 3°, 30 y 38 de la Ley N°16.395; artículo 12 de la Ley N°16.744,

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales