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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1131-2022

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Fecha: 28 de marzo de 2022

Destinatario: CCAF

Observación: Aclara vigencia de las instrucciones contenidas en Oficio Ord. N°2.055 de 2020, sobre imposibilidad de declarar y/o pagar cotizaciones previsionales a raíz de la pandemia por Covid- 19.

Acción: Aclara

Descriptores: CCAF; Cotizaciones

Fuentes: Leyes N°s.16.395, 17.322 y 18.833.

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

Concordancia con Oficios: 1204-2020; 2055-2020; 1062-2022

1.- Como es de conocimiento de esas entidades, esta Superintendencia de Seguridad Social, mediante Oficio Ord. N°2.055 de 2020, en atención a los hechos de público conocimiento relacionados con la propagación de la pandemia por Covid-19 y que generaron distintas situaciones de fuerza mayor para las entidades empleadoras, impartió instrucciones a las C.C.A.F. para poder condonar multas e intereses relativas a la declaración y pago de cotizaciones previsionales, según las condiciones y requisitos que se detallaron en el mismo documento.

Asimismo, el citado Oficio señaló que dichasinstrucciones regirían respecto de las remuneraciones devengadas a partir del mes de marzo de 2020 y hasta que la Superintendencia de Seguridad Social, a través del respectivo Oficio, determinara dejarlas sin efecto.

2.- Atendido el tiempo transcurrido, las medidas implementadas para el control de la pandemia por Covid-19 y considerando lo dispuesto en el párrafo anterior, se hace presente que las instrucciones impartidas por medio de Oficio Ord. N°2.055 de 2020 se mantendrán vigentes hasta las remuneraciones devengadas en el mes de marzo de 2022.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
23/06/2020Dictamen 2055-2020Cajas de CompensaciónCCAF - CotizacionesLeyes N°s. 16.395, 17.322 y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud, D.S. N°104, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S. N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio.
TítuloDetalle
Ley 16.395Ley 16.395
Ley 18.833Ley 18.833
Ley 17.322Ley 17.322