Dictamen 159-2019
1.- Mediante los Oficios individualizados en Antecedentes, la Dirección Regional del Trabajo de Tarapacá y la Contraloría Regional de Antofagasta, remitieron a esta Superintendencia la presentación efectuada por usted, en la que reclama por la falta de constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la I. Municipalidad.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que un fiscalizador de este Servicio tomó contacto con la Dirección de Personal de la I. Municipalidad, entidad que remitió a esta Entidad una copia del acta de 14 de agosto de 2019, en virtud de la cual se procedió a constituir el Comité Paritario de Higiene y Seguridad de dicha municipalidad. Asimismo, la referida Dirección de Personal acompañó el acta de reunión efectuada por el Comité Paritario, de la misma fecha, en la que se consignan los temas tratados y los acuerdos adoptados en esa oportunidad. Por último, se adjuntó una nómina de asistencia, en la que consta que a la reunión señalada asistieron 2 representantes titulares y 3 representantes suplentes de los trabajadores; 3 representantes titulares y 2 representantes suplentes del empleador; y un representante del organismo administrador del Seguro de la Ley N° 16.744 al que la municipalidad se encuentra adherida.
De esta manera, y sin perjuicio de que se habría excedido el plazo de inicio de funcionamiento establecido en el artículo 13 del D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, esta Superintendencia estima correctamente constituido el Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la I. Municipalidad.
Por último, cabe hacer presente que con fecha 22 de octubre de 2019, se publicó la Circular Nº 3.456, que regula los Comités Paritarios de Higiene de Seguridad del Sector Público, que entrará en vigencia el 1º de marzo de 2020, la que puede ser descargada desde el siguiente link: https://www.suseso.cl/612/w3-article-580439.html.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
---|---|---|---|---|
30/11/2021 | Circular 3636 | Prestaciones preventivas | COMPLEMENTA INSTRUCCIONES SOBRE COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO MODIFICA EL CAPÍTULO I. COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO, DE LA LETRA C DEL TÍTULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 | Artículos 2° y 30 de la Ley N°16.395; artículo 1, 8, de la Ley N° 19.345; Ley N° 16.744; D.S. N° 168, de 1995, Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículo 24 del D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del Trabajo; |
22/10/2019 | Circular 3456 | Prestaciones preventivas | COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO. MODIFICA EL TITULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744 | Artículos 2° y 30 de la Ley N°16.395; artículo 1, 8, de la Ley N° 19.345; Ley N° 16.744; D.S. N° 168, de 1995, Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículo 24 del D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del Trabajo; |
Título | Detalle |
---|---|
Ley 16.395 | Ley 16.395 |
Ley 19.345 | Ley 19.345 |
Artículo 13 | DS 54 de 1969 Mintrab, artículo 13 |
Ley 16.744 | Ley 16.744 |
Tipo de dictamen
OficioDescriptores
Ley N° 16.744Comité Paritario de Higiene y SeguridadElecciónInstrumentos de prevención de riesgos
Legislación citada
DS 54 de 1969 Mintrab, artículo 13Ley 16.395Ley 16.744Ley 19.345