Dictamen 44311-2017
1.- En relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de los estatutos, el artículo 5° del citado D.S (D.F.L) N° 285 establece que "El Ministerio de Justicia remitirá la solicitud y sus antecedentes al Ministerio del Trabajo y Previsión Social para ser informados, quien lo hará, a su vez previa audiencia de la Superintendencia de Seguridad Social.".
Finalmente, en el primer inciso del artículo 6° del referido D.S (D.F.L) N° 285 señala que "El decreto supremo que conceda la personalidad jurídica y apruebe los estatutos llevará las firmas de los Ministros de Justicia y de Trabajo y Previsión Social y contendrá, además, la autorización para administrar el seguro social contra los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En el mismo decreto se fijará el plazo dentro del cual la Mutualidad deberá acreditar, con certificados del Servicio Nacional de Salud, el cumplimiento de las exigencias previstas en las letras b) y c) del artículo 12 de la ley N°16.744. Este plazo no podrá exceder de dos años.".
En la especie, esas Mutualidades solicitaron el pronunciamiento de legalidad de la Contraloría General de la República, el 18 de mayo del presente año, respecto del contenido de la Circular N°3.286 de Concordancias.
Mediante el punto 4. del título XI de la citada Circular N°3.286, el cual se titula "ACUERDOS ADOPTADOS EN LAS SESIONES DEL DIRECTORIO RELATIVOS A MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS", esta Superintendencia instruyó lo siguiente "Se considerará hecho relevante la aprobación de un proyecto de modificación de los estatutos de la Mutualidad, que debe ser realizada en sesión de Directorio, por tanto debe ser informado a la Superintendencia en un plazo máximo de 24 horas desde dicha aprobación. Lo anterior, previo a ser presentado a la deliberación y aprobación del proyecto por parte de la Junta General de Adherentes. En el caso que la Superintendencia formule observaciones, éstas deberán ser consideradas y subsanadas y solo entonces podrá ser presentado a la Junta General de los Adherentes. En caso que esta instancia modifique o complemente la propuesta, ésta deberá ser sometida al procedimiento antes señalado. Lo anterior, en virtud de las facultades otorgadas a la Superintendencia mediante la Ley Nº 16.395.".
Por lo tanto, el procedimiento instruido mediante la Circular N°3.286 de Concordancias relativo a la modificación de estatutos de esas Mutualidades, es complementario al señalado mediante el D.S (D.F.L) N°285 de Fuentes.
2.- En consecuencia, esta Superintendencia hace presente a esas Mutualidades que la aprobación de la modificación de sus estatutos particulares se encuentra sometida al procedimiento establecido en el D.S (D.F.L) N°285 de Fuentes, señalado en el punto 1. del presente Oficio, por cuanto, las modificaciones de un instrumento, como los estatutos de esas Mutualidades, deben someterse a las mismas formalidades que en su origen.
Dictamen N° 20322 de 2018, de la Contraloría General de la República
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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27/03/2017 | Circular 3286 | Seguro laboral (Ley 16.744) | GOBIERNO CORPORATIVO EN LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. DEROGA CIRCULAR N° 2959, DE 2013 Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 3238, DE 2016 | Ley N° 16.744; D.S. N° 285, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20.393 |
25/07/2016 | Circular 3240 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MEDIDAS DE TRANSPARENCIA QUE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 DEBEN ADOPTAR. | Ley N° 16744; Ley N° 16395 |
19/07/2016 | Circular 3238 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SISTEMA DE GESTION DE REPORTES E INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN (GRIS). REEMPLAZA CIRCULARES N° 2896, 3079, 3138 Y 3218, DE 2012, DE 2014, DE 2015 Y DE 2016, RESPECTIVAMENTE. | Ley N° 16744; Ley N° 16395 |
30/12/2015 | Circular 3193 | Seguro laboral (Ley 16.744) | CRITERIOS PERMANENTES EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Y PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EL AÑO 2016. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20422; Ley N° 20584; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
28/07/2015 | Circular 3136 | Seguro laboral (Ley 16.744) | NORMAS SOBRE GESTIÓN DE RIESGOS APLICABLES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 | Ley N° 16744 |
19/01/2015 | Circular 3074 | Seguro laboral (Ley 16.744) | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR 2892 DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2012, SOBRE SISTEMA DE CONTROL INTERNO PARA LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. | Ley N° 16744 |
19/01/2015 | Circular 3077 | Seguro laboral (Ley 16.744) | ESTADOS FINANCIEROS DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744, BAJO NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (IFRS). REEMPLAZA CIRCULAR N° 2.801, DE 2012. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 18490; Ley N° 19578; D.L. N° 1819, de 1977, del Ministerio de Hacienda. |
31/01/2014 | Circular 2985 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 SOBRE LOS HECHOS RELEVANTES QUE DEBEN COMUNICAR A ESTA SUPERINTENDENCIA. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20691 |
08/10/2013 | Circular 2959 | Seguro laboral (Ley 16.744) | DIETA Y HONORARIOS PARA LOS DIRECTORES POR SU ASISTENCIA A REUNIONES DE DIRECTORIO Y COMITÉS DE DIRECTORES DE LA MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. (D.F.L.) N° 285, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
17/12/2012 | Circular 2890 | Seguro laboral (Ley 16.744) | MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA CONTRATACION DE EMPRESAS DE AUDITORES EXTERNOS Y SERVICIOS MÍNIMOS QUE DEBEN DESARROLLAR EN LA AUDITORÍA. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 18045 |
17/12/2012 | Circular 2892 | Seguro laboral (Ley 16.744) | NORMA SOBRE SISTEMA DE CONTROL INTERNO PARA LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. | Ley N° 16744 |