Extracto: Corte rechaza recurso de protección, acogiendo petición que no siempre es tomada en cuenta por el tribunal, considerando que la materia en relación a la cual se recurre, corresponde a aquellas correspondientes a la seguridad social, la que se encuentra garantida en el número 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, garantía que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Carta Fundamental, no se encuentra amparada por la acción constitucional de protección.
Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Rol: Rol 35334-2017
Fecha: 07 de julio de 2017
Materia: Licencias médicas / Rechazo del pago del subsidio
Procedimiento: Recurso de Protección