Extracto: Fallo desestimó el recurso de protección interpuesto por rechazo de licencias médicas, considerando que la dictación de la resolución reclamada, no puede ser calificada de arbitraria puesto que expresa las razones y fundamentos por los cuales se rechazó la petición de reconsideración presentada por la recurrente. Adicionalmente, se señaló que el pronunciamiento sobre el rechazo de las licencias médicas efectuada por la Superintendencia de Seguridad Social, se enmarca dentro de sus facultades de supervigilar el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social establecida en el artículo 19 N° 18 del Constitución Política de la República, así como su carácter de autoridad técnica de fiscalización de las instituciones de previsión.
Tribunal: Corte de Apelaciones de Concepción
Rol: Rol 1957-2017
Fecha: 29 de junio de 2017
Materia: Licencias médicas / Rechazo del pago del subsidio
Procedimiento: Recurso de Protección