Dictamen 35747-2018
1.- Una Isapre ha recurrido a esta Superintendencia, solicitando un pronunciamiento respecto de la naturaleza (laboral o común) del diagnóstico indicado en la licencia médica se le otorgó a un trabajador. Estima que la dolencia es de origen laboral, ya que trabajando en el armado de un container para baños, pisó una cañería de PVC y perdió el equilibrio, cayendo con abducción forzada del muslo izquierdo con carga de 96 kg. de peso para un hombre de 1,68 mt. de estatura.
Al respecto se requirió informe a la Mutualidad.
Cabe consignar que entre los antecedentes tenidos a la vista rola Resolución de Rechazo y Derivación a Sistema de Salud Común de enero de 2017, de la Mutualidad.
2.- Sobre el particular, este Organismo debe expresar respecto del reclamo de la Isapre, en contra de lo resuelto por el Mutualidad en la situación de que se trata, que dado que se formuló fuera del plazo de 90 días hábiles que contempla al efecto el inciso tercero del artículo 77 de la Ley N°16.744, procede rechazarlo por ser extemporáneo.