Dictamen 37199-2015
1.- Por el Oficio señalado en el antecedente, US. en la causa del año 2015, caratulada "C con C", ha ordenado a esta Superintendencia informar si la actividad denominada "Asistente de Dirección Polifuncional" se encuentra dentro del catálogo de "trabajos pesados".
2.- Sobre el particular, cabe precisar que, conforme al artículo 17 bis del D.L. N° 3.500, de 1980, y al D.S. N° 71, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, corresponde a la Comisión Ergonómica determinar las labores que se ejecutan en uno o más puestos de trabajo que, por su naturaleza y condiciones en que se desarrollan, revisten el carácter de trabajos pesados. Por lo tanto, al tenor del oficio señalado en el Ant. cabe indicar a Us. que no es de competencia de esta Superintendencia determinar que labor o labores calificadas como "trabajo pesado" se encuentran en un determinado catalogo, toda vez que a la referida Comisión le corresponde calificar aquello.