Dictamen 18276-2015
1.- Mediante correo del antecedente, el Servicio Nacional del Consumidor ha remitido a esta Superintendencia el reclamo efectuado por usted, referido a prestaciones adicionales, en particular al beneficio de acceso a curso de piscina libre. Señala en su presentación que no tuvo acceso a la piscina todos los días del período que indica en la entrada correspondiente al mes de octubre, en circunstancias que no se menciona otra restricción que el período del mes que abarca la prestación y el horario diario de acceso, por lo que le correspondería el acceso " todos los días" del período indicado en la entrada.
2.- Al respecto, requerida por la Superintendencia la Caja informó que el curso "piscina libre" otorga derecho a asistir a la piscina un día determinado de cada semana del mes que indica. Señala que debido a la alta demanda que tuvo esta prestación, se vendieron los cupones por el total de la capacidad del recinto, por lo que la Caja informa que no podrá otorgarle acceso a otros días. Sin embargo, ofrece devolverle lo pagado por este servicio, expresando a usted disculpas por las molestias sufridas.
Para efectuar la devolución será necesario que concurra a cualquiera de las sucursales de la Caja De Los Andes y lo solicite.
3.- Considerando que usted podrá obtener la devolución de la totalidad de lo pagado por la prestación reclamada, esta Superintendencia estima que ha atendido su solicitud. Además, la Caja se ha comprometido ha adoptar medidas para que esta situación de mala información al usuario, no se repita.
Título | Detalle |
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Ley 16.395 | Ley 16.395 |
Ley 18.833 | Ley 18.833 |