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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 47539-2014

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Fecha: 25 de julio de 2014

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: ACCIDENTES Con ocasión del trabajo agente causal

Fuentes: Ley N° 16.744.


1. Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando un pronunciamiento acerca del origen (laboral o común) que debe asignarse a la patología que le pesquisó la Mutualidad, con diagnóstico de "Hematuria", con motivo del accidente de trabajo que sufrió el 29-10-2013.

Requerida al efecto, la Mutualidad procedió a remitir los antecedentes solicitados, informando que en el accidente del trabajo que usted sufrió en la fecha señalada, resultó con una "Contusión lumbosacra", afección por la que le otorgó las prestaciones bajo cobertura de la Ley N° 16.744. Agrega que al detectar la presencia de hematuria en sus exámenes, le realizó el estudio correspondiente, descartando su origen traumático, concluyendo que se trata de una patología de naturaleza común.

2. Sobre el particular, cabe señalar que el equipo de profesionales médicos de este Organismo procedió al análisis de los antecedentes recabados, concluyendo que la patología que usted presentó, con diagnóstico de "Hematuria", es de origen común. En efecto, no es posible establecer relación de causalidad directa, como lo exige la Ley N° 16.744, entre esta afección y el traumatismo sufrido en el accidente del 29-10-2013.

3. En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia declara como de origen común la afección urinaria que le fue detectada en octubre de 2013 en relación al proceso de evaluación del accidente de trabajo, por tanto, no resulta procedente en este caso, otorgar la cobertura de la Ley N° 16.744.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744