Dictamen 76094-2013
1.- Mediante correo electrónico de antecedentes, el Servicio Nacional del Consumidor remitió a esta Superintendencia su presentación de fecha 2 de julio de 2013, por la cual usted solicita aclarar el monto recibido por el crédito otorgado por la CCAF, ya que usted señala que recibió $250.000. Además, requiere que se anule el seguro de desgravamen y el servicio asistencial.
2.- Por carta de antecedentes, la CCAF ha informado sobre su situación y tras haber analizado los antecedentes tenidos a la vista, esta Superintendencia informa lo siguiente:
La CCAF, le otorgó a usted un crédito, el 3 de diciembre de 2009, por $350.570. Dicho monto se desglosa de la manera siguiente: $286.000 líquidos entregados a usted, $800 por gastos notariales, $21.735 por el seguro de desgravamen y $42.035 por un servicio asistencial que usted contrató voluntariamente. Este crédito le fue otorgado a una tasa de interés mensual de 2,72%, a pagarse en 84 cuotas mensuales de $11.245 cada una. Cabe señalar que de esta operación a la fecha de la carta señalada en antecedentes se han pagado 41 cuotas.
En relación con su solicitud de anulación del seguro de desgravamen y el servicio asistencial, esta Superintendencia informa que el seguro de desgravamen es obligatorio su contratación, referente al servicio asistencial no es obligatorio contratarlo, pero usted al firmar y estampar su huella dactilar le dio validez legal a éste, de tal forma que su valor pasó a ser parte del crédito otorgado. Se adjunta en fotocopia el contrato del Servicio Asistencial.
3.- Con lo anteriormente expuesto, esta Superintendencia estima atendida su presentación.