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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 68164-2013

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Fecha: 28 de octubre de 2013

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Reclamos - requisitos

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud


Se ha recibido su presentación de fecha 24-10-2013, reclamando en contra de Isapre Consalud S.A., por tramitación de licencia médica N° 38.

Sobre el particular, se informa a Ud. que , este servicio, Superintendencia de Seguridad Social, carece de competencia para resolver reclamos en contra de Isapres, por rechazo de licencias médicas y que, de conformidad a la normativa legal, los reclamos y/o apelaciones deben efectuarse en la Compin o Sub Compin correspondiente al domicilio fijado en el contrato de salud, celebrado con la Isapre. Además, se hace presente que de lo resuelto por la Compin, Ud. podrá hacer uso del recurso de reposición en dicho organismo.

No obstante lo anterior Ud. podrá reclamar ante esta Superintendencia, de lo resuelto por la Compin que atendió su apelación, acompañando la Resolución pertinente, en el entendido que, la dicha Compin haya resuelto el fondo de su apelación, por haberse ingresado ésta, en el plazo de 15 días hábiles, que discurren desde la recepción de la carta certificada de Correos de Chile, que notifica el rechazo.

De lo que resuelva la Compin competente en el recurso de reposición se podrá apelar a este Servicio, acompañando lo siguiente:

- Fotocopia íntegra por ambos lados de la licencia médica que Ud. reclama.
- Copia de resolución de Compin que indique causal de rechazo y reposición de la licencia médica.
- Antecedentes médicos y/o administrativos que permitan fundamentar su reclamo.