1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, reclamando el pago del Bono extraordinario contemplado en la Ley N°20.428 (Bono marzo 2010), en puesto que por error en la información entregada por la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción a esta Superintendencia, en cuanto al tramo asignado, no ha podido acceder a dicho Bono.
Expone que aparece con una pensión superior a $1.000.000 en circunstancias que su pensión efectiva es de $131.785 más la pensión de orfandad de su hija, de $55.546, lo que suma un total de $187.331, error que le impidió recibir el bono marzo 2010.
2.- Sobre el particular, cumplo con manifestarle que en la revisión practicada por esta Superintendencia, se ha subsanado por la entidad administradora la información correspondiente y se ha constatado que el Bono Extraordinario otorgado por la Ley N°20.428 (Bono Marzo 2010), por la causante antes individualizada, será puesto a disposición para su cobro, en cualquier sucursal del Banco Estado, a partir del 19 de enero de 2011.
3.- En atención a lo precedentemente informado, este Servicio estima atendida su presentación.