1.- Ha recurrido a esta Superintendencia doña funcionaria de la I. Municipalidad de la Unión, reclamando por su derecho al Bono Extraordinario que estableció la Ley Nº 20.326, por su causante de asignación familiar
, bono que hasta la fecha de su presentación no le había sido pagado.
2.- Sobre el particular, cumplo con manifestarle que en la revisión practicada por esta Superintendencia, se ha constatado que la funcionaria. y sus causantes no se encuentran registrados en el Sistema de Información que maneja esta Institución (SIAGF), y además, no ha sido posible incluir a otra causante en el proceso de otorgamiento del bono de la Ley Nº 20.326, por cuanto la I. Municipalidad de la Unión informó con error la asignación familiar del mes de diciembre de 2008 por ella.
Por lo expuesto, la I. Municipalidad de la Unión deberá ingresar a la brevedad el reconocimiento de la funcionaria y sus causantes en el SIAGF, y corregir el Rut ella como beneficiaría e informarla en las nóminas de asignaciones familiares pagadas del mes de diciembre de 2008, por la referida causante, según lo establecido en la Circular Nº 2.564